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PUBLICADO EN EL BOE EL CONVENIO COLECTIVO DEL FÚTBOL FÉMENINO  

  17/08/2020 14:31 Noticias del Sector


Algunos de los aspectos más destacados de esa normativa es su carácter retroactivo a la totalidad de la temporada recién concluida, ya que la fecha de entrada en vigor es la del 1 de julio de 2019, venciendo el 30 de junio de 2020, quedando prórrogado por períodos similares sucesivos si no fuera denunciado por alguna de las partes implicadas.

El salario mínimo establecido sería de 16.000 euros brutos anuales para futbolistas con contrato a tiempo completo o la cantidad proporcional en función de la jornada pactada, que en cualquier caso no puede ser inferior al 75% de la completa. Por tanto, ninguna jugadora de un equipo de la Primera Iberdrola podrá cobrar menos de 12.000 anuales brutos.

Las futbolistas tendrán también derecho a un día y medio de descanso semanal que deberán ser disfrutados de manera continua y a 30 días naturales de vacaciones retribuidas.

También se establece un protocolo de maternidad, por el cual si una jugadora queda embarazada, podrá acceder a una renovación automática de su contrato.

En el siguiente enlace se puede consultar el CONVENIO COLECTIVO DEL FÚTBOL FEMENINO

 

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